¿Cuáles son los seguros obligatorios de un crédito hipotecario? 

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¿Cuáles son los seguros obligatorios de un crédito hipotecario? 

Existen muchos aspectos relevantes que hay que tener en cuenta al momento de contratar un crédito hipotecario, entre ellos: los seguros obligatorios. Estos te protegerán frente a situaciones imprevistas que puedan ponerte en peligro a ti o a tu vivienda. ¿Conoces cuáles son estos seguros? Acá te contamos más de ellos. 

¿Por qué existen los seguros obligatorios? 

Los seguros obligatorios sirven como una garantía para la entidad crediticia que te hizo el préstamo; disminuyendo la incertidumbre económica asociada a la compra de un inmueble. 

Las entidades financieras ven la contratación de estos tipos de seguros como un factor positivo para entregarte el préstamo, ya que la deuda se pagará frente a cualquier situación adversa, por ende, el beneficiario de estos seguros siempre será la institución financiera

Según la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), los seguros asociados a créditos hipotecarios sirven para: proteger las garantías (incendio, terremoto, maremoto, riesgos de la naturaleza, etc.) o la fuente de pago de los préstamos (desgravamen o invalidez)”.  

¿Cuáles son los seguros obligatorios? 

De acuerdo al artículo 40 de la Ley N° 20.552 que Moderniza y Fomenta la Competencia del Sistema Financiero, siempre que una persona accede a la compra de un inmueble por medio de un crédito hipotecario, deberá contratar dos seguros obligatorios, estos son: 

  • Seguro de desgravamen por fallecimiento del deudor 
  • Seguro de incendios

Debes tener en cuenta que no es obligatorio contratar los seguros a través de la misma institución financiera por la cual se solicitó un crédito, por lo que tendrás la posibilidad de cotizar en otras compañías de seguros externas, siempre y cuando cumplan con las condiciones requeridas por el banco o institución financiera. 

Además, al contratar un crédito hipotecario, debes saber que tienes derecho a que la entidad financiera te informe correctamente sobre los seguros de incendio y desgravamen, incluyendo toda la información necesaria sobre las condiciones, cobertura, costos y restricciones.  

1 | Seguro de desgravamen 

Este seguro cubre el saldo insoluto total (lo que queda por pagar del crédito) que se tiene con la entidad financiera cuando muere el asegurado durante la vigencia del crédito, independiente del valor de la propiedad al momento de su fallecimiento. 

En este sentido, la compañía de seguros se encargará de saldar la deuda, por ende, tanto la familia del deudor como la entidad financiera se verán beneficiados. Por una parte, la familia evitará heredar la deuda, y por otra, el banco se protegerá dado que el crédito quedará pagado.

Cabe mencionar que este seguro no aplica cuando la muerte se da por enfermedades o condiciones de salud preexistentes, o por actividades y deportes riesgosos.  

Aspectos a tener en cuenta antes de firmar el seguro: 

  • Ten en cuenta en qué condiciones el seguro no aplica 
  • Conoce los requisitos para cobrar el seguro 
  • Considera el periodo de cobertura y vigencia 

2 | Seguro de incendios

La compañía de seguros se verá obligada a indemnizar por los daños materiales que sufran los objetos asegurados a raíz de un incendio y aquellos que resulten dañados por consecuencia del mismo, de esta manera, el seguro cubre el deterioro a causa de humo, calor, vapor o por los medios utilizados para apagarlo o contenerlo. 

El seguro cubre el valor asegurado, que es el valor asignado a los bienes en la póliza de seguro y, al igual que el seguro de desgravamen, quien se beneficia de él es la entidad financiera, mientras que el remanente (sobrante) del seguro queda para el deudor; esto último se explica en el artículo 26 referente a esta póliza, la cual señala que: 

“El acreedor hipotecario o entidad crediticia será el beneficiario para efectos de esta póliza, y tendrá derecho a la indemnización por siniestro, hasta el monto de su interés asegurable. En el remanente, tendrá derecho el asegurado o deudor hipotecario hasta el valor de su interés.” 

Además de la cobertura directa por los daños del incendio, el seguro también incluye los costos por demoliciones necesarias o dictaminadas por la autoridad competente, así como también los costos por la inhabitabilidad, el traslado de muebles, retiro de escombros, daños por consecuencias de explosiones de artefactos domésticos y de rayos, entre otros.

Aspectos a tener en cuenta antes de firmar el seguro:  

  • Revisa las coberturas adicionales que están contratadas junto al seguro de incendio
  • Conoce cuáles son las condiciones y restricciones de la cobertura 
  • Conoce cómo y bajo qué condiciones se renueva el contrato 
  • Presta atención al periodo de cobertura y vigencia del seguro 

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Otros seguros opcionales que puedes contratar 

Además del seguro de desgravamen y de incendios, existen otros tipos que puedes contratar de manera opcional, estos son: 

Seguros de sismos, tsunamis y riesgos de la naturaleza

El seguro de incendio tiene coberturas adicionales y optativas; estas pueden ser: 

  • De sismo: incluye los daños materiales causados por un terremoto.
  • Salida del mar: incluye los daños materiales a causa de un tsunami.
  • Riesgos de la naturaleza: incluye daños por erupción volcánica, salida de mar, inundación, huracán, ciclón, avalanchas, aluvión y deslizamientos.
  • Cobertura adicional: contempla los daños a causa de rotura de cañerías o desbordamiento de estanques matrices. 

Seguro de desgravamen más invalidez total y permanente

Al contratar el seguro de desgravamen, también se puede contratar, adicionalmente, el seguro de invalidez. 

Este seguro aplica cuando el asegurado sufre la pérdida irreversible y definitiva de al menos dos tercios de sus capacidades intelectuales y/o físicas. 

Seguro de cesantía

Si se da el caso de que el asegurado queda cesante o pierde su capacidad de trabajar (cesantía involuntario), la compañía de seguros cubrirá la deuda asociada al crédito hipotecario. 

Cabe mencionar que el seguro no cubre cuando el trabajador renuncia a su trabajo. 

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